Un ciudadano venezolano, conductor de la aplicación de transporte Indrive, deberá cumplir 13 años de prisión efectiva por el homicidio de un menor edad que antes había robado un auto en Antofagasta. Según la investigación de la Unidad de Delitos Violentos de la Fiscalía local junto a Carabineros, fue la madrugada del 22 de julio de 2023 cuando el condenado agredió y luego lanzó al adolescente (14) desde una altura de 6 metros, hacia un paso bajo nivel. Así, ocasionó su muerte como resultado de un politraumatismo. La sentencia fue pronunciada a mediados de mayo por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta y confirmada recientemente por la Corte de Apelaciones de la ciudad, que rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa del condenado.
El detalle del homicidio a un adolescente en Antofagasta
En el detalle, la investigación de Fiscalía estableció que el adolescente fallecido, junto a otras cuatro personas, sustrajo el vehículo de un conductor de Indrive, dándose a la fuga en él hacia el sector norte de la ciudad. Con ocasión de este delito, un grupo de personas, en su mayoría conductores de la misma aplicación, iniciaron la búsqueda y posterior persecución del auto robado hasta el sector de la rotonda Pérez Zujovic, donde dicho vehículo impacta las barreras de seguridad, quedando detenido en el islote central de la avenida.
En ese contexto, los ocupantes del móvil sustraído intentaron huir, pero fueron alcanzados por un grupo indeterminado de personas, entre los cuales estaba el acusado: Jesús Adrían Valduz Caro. Este se dirigió en contra de la víctima y, aprovechando su mayor contextura y superioridad de fuerzas, lo empujó al vacío desde el borde del muro ubicado en la parte superior de la rotonda, ocasionado su muerte.
La resolución contra el conductor
Por estos hechos, el Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta condenó a Valduz Caro a la pena de 13 años de presidio mayor en su grado medio, más las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de homicidio simple. Otros cuatro participantes en el hecho fueron condenados a multa de 1,5 UTM, como autores de la falta consumada de lesiones leves.
En su dictamen confirmatorio, la Corte de Apelaciones indica que los testimonios y peritajes presentados por la Fiscalía durante el juicio oral, permitieron a los jueces del TOP razonar adecuadamente, en “forma lógica y precisa”, sobre la existencia del delito y a la participación del imputado, por lo que rechaza la acción de su defensa. La sentencia confirmada establece que no reuniendo el sentenciado los requisitos que exige la Ley N° 18.216, la pena privativa de libertad impuesta deberá cumplirse de manera efectiva, contando a su favor el tiempo que ha permanecido privado de libertad, esto es, desde el día 22 de julio de 2023.