El Bono Post Laboral, una bonificación vitalicia, se presenta como un respaldo económico fundamental para los trabajadores que han formado parte de instituciones públicas del Estado chileno. Este aporte de $90.877 está destinado a mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años, ajustándose anualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Proceso de solicitud y regulaciones
Requisitos y Procedimientos para Obtener el Bono
Para acceder a este beneficio, regido por la Ley N° 20.305, es imperativo realizar la solicitud en la entidad donde se trabajaba. Este trámite debe llevarse a cabo dentro de un año máximo después de cumplir la edad legal de jubilación y cumpliendo con los requisitos establecidos. Es crucial tener en cuenta que el valor del bono se ajusta anualmente según las variaciones del IPC.
Instituciones beneficiarias del Bono Post Laboral
Verifica si Estás Incluido en el Listado de Entidades Beneficiarias
Antes de solicitar el Bono Post Laboral, es esencial confirmar la inclusión en el listado de instituciones públicas beneficiarias. Algunas de estas incluyen el Gobierno Central, gobiernos regionales, municipalidades, corporaciones de Asistencia Judicial, universidades estatales, entre otras. Asegúrate de pertenecer a alguna de estas instituciones para ser elegible para este aporte mensual.
Requisitos para ser beneficiario
Averigua si Cumpliste con los Requisitos para Obtener el Bono
Los interesados en este aporte económico deben revisar si cumplen con los requisitos establecidos para ser beneficiarios del Bono Post Laboral:
- Ser afiliado a una AFP.
- Tener 60 años (mujeres) o 65 años (hombres).
- Contar con más de 20 años de servicio en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionario de alguna de las instituciones antes del 1 de mayo de 1981 y tener al menos una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
- Cesar en el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.