El Tercer Juzgado de Letras de Iquique condenó a la Clínica Tarapacá a pagar una indemnización de más de mil millones de pesos por negligencia médica.
El fallo del Tercer Juzgado de Letras de Iquique
El Tercer Juzgado de Letras de Iquique ha dictado sentencia en un caso de negligencia médica que terminó fatalmente. Los padres, hermanos y abuelos de un niño fallecido demandaron a la Clínica Tarapacá, que fue condenada a pagar una indemnización de $1.050.000.000 (mil cincuenta millones de pesos). El Juez David Sepúlveda Cid concluyó que la clínica actuó de manera negligente, sin obedecer los estándares médicos.
«(…) aparece demostrada la existencia del hecho ilícito –generador de la responsabilidad que impetran los demandantes–, desde que, como quedara asentado, los médicos que intervinieron en las diversas atenciones que recibió el menor obraron de manera negligente»
Juez David Sepúlveda Cid
Según el fallo, la clínica no prestó la atención y los cuidados adecuados al niño. Los médicos no analizaron detalladamente su cuadro clínico y no actuaron con sentido de urgencia. Además, el recinto asistencial carecía de médicos especialistas y un equipo de monitoreo constante. Estos errores llevaron al empeoramiento del estado de salud del niño y a su posterior fallecimiento.
La obligación del médico
El fallo destaca que el deber del médico no es garantizar la recuperación del paciente, sino brindarle todos los cuidados necesarios de acuerdo con los conocimientos médicos vigentes. En este caso, la clínica no cumplió con su obligación de proporcionar una atención de calidad y diligente. Su actuar negligente e irresponsable se reflejó en las deficientes evaluaciones y tratamientos que recibió el niño.
- Los médicos no prestaron atención adecuada a los síntomas del niño.
- No actuaron con sentido de urgencia.
- No hubo monitoreo constante por parte de especialistas médicos.
Estos incumplimientos, según la sentencia, demuestran la responsabilidad de la Clínica Tarapacá en el caso y justifican la indemnización ordenada.
La indemnización por daño moral
El fallo también considera el daño moral sufrido por los padres, hermanos y abuelos del niño fallecido. El informe psicológico presentado en el proceso evidencia el sufrimiento psíquico y emocional experimentado por la familia. Por esto, se determinó una indemnización total de $700.000.000 (setecientos millones de pesos) para las víctimas indirectas.
«La indemnización por daño moral posee un carácter reparatorio, mas no compensatorio. Su cuantificación ha de orientarse a morigerar o atenuar las consecuencias del mal sufrido»
Extracto del fallo
La sentencia establece que la indemnización busca reducir las consecuencias del sufrimiento causado por el mal accionar de la clínica y considera las implicancias en la vida y el bienestar emocional de la familia.