Para este año, a nivel nacional, incluyendo el IPS y otras instituciones de previsión, se prevé que esta ayuda económica beneficie a más de 1 millón 550 mil pensionados, lo que se traduce en un desembolso fiscal mayor a los 115 mil millones de pesos.
¿Quiénes reciben el monto directo en la Cuenta RUT?
Por su parte, el IPS indicó que ya generó todas las acciones para que los pensionados empiecen a recibir el bono, que va incluido en la liquidación de pago de la pensión del mes en curso. Ellos no deben hacer ningún trámite adicional para recibir el dinero.
Al mismo tiempo, se informó que más de 308 mil pensionados del IPS recibirán el pago abonado de forma directa en su Cuenta RUT vigente. Esto es alrededor de un 42% de los beneficiarios de la mencionada institución.
Para los pensionados del IPS, personas que perciben la PGU y pensionados del Instituto de Seguridad Laboral, el bono lo paga el propio IPS.
Sin embargo, en el caso de los pensionados de AFP y otras entidades previsionales, cada institución es la encargada de hacer efectivo el pago del aporte.
Los beneficiarios
Las personas que tienen derecho al Bono de Invierno 2023 son aquellas que tengan 65 años (cumplidos al 1 de mayo de este año) o más y que se encuentren en uno de los grupos que aparecen a continuación:
- Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
- Personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
- Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban solo la PGU.
- Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo)